JERARQUÍA

En males, el cabildo es la máxima autoridad en el resguardo, el periodo de gobierno es anual, tiene derecho a ser reelegido, defiende las tierras y las distribuye entre los miembros de la comunidad. El cabildo se conformará como una estructura jerárquica, a cuya cabeza se encuentra el Gobernador, máxima autoridad del cabildo. Los otros cargos existentes son los de gobernador suplente quien se encarga de reemplazar al gobernador en ausencia, alcalde primero y Alcalde Segundo, regidor primero, Regidor segundo, regidor tercero, secretaria (o) encargada de documentar los archivos y textos, El alcalde por su parte, tiene por función primordial el velar por la integridad de espacios comunitarios y evitar la intromisión de extraños. El gobernador es quien preside las sesiones del cabildo, igualmente es el encargado de establecer el castigo a aquellos comuneros que han infringido las leyes y sanciones que conlleven en mandato del gobierno Mayor. Por lo tanto, la función del cabildo indígena es representar legalmente a la comunidad, ejercer la autoridad y realizar las actividades que le atribuyen las leyes, usos, costumbres y el interés de los miembros del cabildo.

EVOLUCIÓN

Al comienzo, el fundador de la ciudad designaba a los miembros del Cabildo, de acuerdo con una de las leyes indias. En los años posteriores, los cabildos tuvieron que hacer frente al establecimiento de la burocracia real, que poco a poco fue mermando la jurisdicción y las atribuciones de los cuerpos municipales. En el siglo XVIII, tras la guerra de la sucesión y la llegada de los borbones, los indígenas ya habían perdido gran parte de sus prerrogativas (privilegios), se instauraba el sistema centralista a imagen del sistema francés, es en este momento, cuando los reinos americanos, posan de ser reinos, a convertirse en colonias, y depender directamente de la metrópoli. Con la adopción del nuevo sistema, los cargos del cabildo no se elegían, sino que se vendían en subasta, y solo podían cómpralos los descendientes de los primeros colonos españoles, es decir, los criollos. En esa forma, el cabildo perdió todo carácter popular y democrático y se convirtió en un organismo dominado por la oligarquía criolla. De todas maneras, los cabildos más importantes, mantuvieron una alta cuota de poder en el sistema colonial, convirtiéndose en las instituciones más representativas de la elite criolla. Los cabildos realizaban sesiones que podían ser abiertas o cerradas en las cuales tenían funciones de tipo electoral, administrativa, deliberante y judicial, y extraordinaria (cuando convocaban a los vecinos calificados de la ciudad).

Durante los primeros siglos de la dominación española los cabildos abiertos no tuvieron importancia política y fueron convocados con fines diversos, entre ellos: Acordar donativos, adoptar medidas contra los indios y contratar los servicios de un médico. Aunque en los años de la conquista abundaron los cabildos abiertos, esta manifestación de soberanía popular se hizo cada vez más frecuente, en la medida ya que pasaron a ser controladas de manera monopólica por la aristocracia criolla. La vieja tradición de los cabildos abiertos volvió a ser recuperada en 1810, con motivo del arresto en Francia, por parte de Napoleón, del monarca español Fernando VII, tuvo lugar el nombramiento de juntas de gobierno para gobernar en ausencia del monarca, desencadenando de esta manera el proceso de independencia. A lo largo del siglo XVI, el cabildo sufrió una serie de cambios que reflejan la evolución de la sociedad, durante ese siglo tuvo un carácter democrático, ya que sus autoridades eran elegidas directamente por los pobladores de cada ciudad, y gozaban de gran autonomía con respecto al poder central de España, durante el siglo XVIII los cabildos se enfrentaron a las autoridades coloniales españolas y en muchos casos se negaron a cumplir las órdenes.